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Normativa Montevideo

Artículo R.424.156.2

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.156.2

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / De las obligaciones generales de los conductores / De la inspección técnica de vehículos / Disposiciones generales

Articulo R.424.156.2

Los vehículos comprendidos en el Art. R.424.156.1 deberán someterse obligatoriamente a la inspección técnica periódica en los plazos establecidos ante las Estaciones de Inspección Técnica expresamente autorizadas a tales fines por la División Tránsito y Transporte.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068