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Normativa Montevideo

Artículo R.424.156.9

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.156.9

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / De las obligaciones generales de los conductores / De la inspección técnica de vehículos / De las estaciones de inspección técnica de vehículos

Articulo R.424.156.9

Las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos (E.I.T.V) son aquellas instalaciones que, reuniendo las condiciones técnicas prescriptas, estén reconocidas por la División Tránsito y Transporte para realizar las inspecciones periódicas de vehículos establecidas en el Art. D.679 del presente Volumen y sus reglamentaciones.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068