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Normativa Montevideo

Artículo R.424.158

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.158

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / Disposiciones transitorias / Único

Articulo R.424.158

Las renovaciones de las licencias de conductor, posteriores a la entrada en vigencia de la presente reglamentación, se realizarán con las nuevas denominaciones establecidas en el artículo D.550 y de acuerdo con la equivalencia indicada en el artículo anterior.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068