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Normativa Montevideo
Artículo R.424.16
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.16
Articulo R.424.16
El examen práctico podrá rendirse con cualquier vehículo automotor que se ajuste a la categoría para la cual inició trámite el aspirante. Podrá rendirse el examen práctico con vehículos automotores con sistema de dirección por medio de volante y cambios automáticos, en cuyo caso el permiso resultante habilitará únicamente para conducir vehículos con transmisión automática, lo que quedará claramente establecido en el documento expedido.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068