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Normativa Montevideo
Artículo R.424.32.1.7
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.32.1.7
Articulo R.424.32.1.7
Del permiso y sus titulares.- Una persona física o jurídica podrá ser titular de un solo permiso para la explotación del servicio de Academia de Conducir y cada permiso podrá tener un solo titular persona física o jurídica.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068