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Normativa Montevideo

Artículo R.424.37

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.37

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / Del Permiso Único Nacional de Conducir / De las categorías de licencia que habilitan a conducir otros vehículos

Articulo R.424.37

Los conductores que deseen pasar a otra categoría, o dentro de la misma a otro grado, deberán rendir exámenes complementarios teóricos y/o prácticos, en la forma que lo establezca la División Tránsito y Transporte.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068