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Normativa Montevideo
Artículo R.424.42.7.1
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.42.7.1
Articulo R.424.42.7.1
Exceptúase los casos de reparación, de error en la tramitación y de vehículos hurtados. Tratándose de reparaciones o error en la tramitación el interesado deberá presentar petición en formulario que al efecto proporcionará la División Tránsito y Transporte del Departamento de Movilidad. En el caso de vehículos hurtados su situación será fehacientemente comprobada mediante la presentación de denuncia policial correspondiente y constancia de la compañía aseguradora, si la hubiere.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068