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Normativa Montevideo
Artículo R.424.52
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.52
Articulo R.424.52
El freno de servicio deberá poder ser accionado por el mando del freno de servicio del vehículo tractor; no obstante si el peso máximo autorizado del remolque no excede de 500 (quinientos) kilogramos, el freno podrá ser tal que puede ser aplicado simplemente, durante la marcha, por el acercamiento del remolque al vehículo tractor (frenado por inercia).
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068