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Normativa Montevideo

Artículo R.424.55

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.55

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / De las condiciones reglamentarias de los vehículos / De los frenos / De los conjuntos de vehículos

Articulo R.424.55

Además de las disposiciones de las Secciones II y III del presente Capítulo relativas a los vehículos solos (automóviles y remolques), se aplicarán a los conjuntos formados por tales vehículos las normas siguientes: a) los dispositivos de frenado de cada uno de los vehículos que formen el conjunto deberán ser compatibles entre sí; b) la acción del freno de servicio, convenientemente sincronizada, se distribuirá en forma adecuada en los vehículos acoplados.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068