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Normativa Montevideo

Artículo R.424.98.8

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.98.8

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / De la circulación en casos especiales / Del servicio especial de inspectores de tránsito

Articulo R.424.98.8

La designación de los funcionarios Inspectores de Tránsito encargados de cumplir con la prestación contratada se hará de acuerdo al orden de procedencia que surja de los registros, no pudiendo superar la misma a las cien horas mensuales o treinta días consecutivos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068