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Normativa Montevideo

Artículo R.424.99

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.424.99

Tránsito y Transporte / Del tránsito público / Reglamentaria / De la señalización de obras en la vía pública / Único

Articulo R.424.99

En todas las obras y eventos que se realicen en la vía pública deberán aplicarse en lo pertinente las Normas UNIT 1114:2007 , 1115:2007 y 1125:2007 de Señalización Vial. Se entiende por evento toda actividad, acontecimiento o similar, programada o no, que se produzca y afecte la circulación en la vía pública. También las referidas Normas UNIT se aplicarán en lo pertinente a los efectos indicados en los artículos D. 620 y D.658 , para el personal y equipo autorizado a trabajar en la calzada y acera. La División Tránsito y Transporte podrá determinar las excepciones y actuaciones adicionales que correspondan.
Notas
En todas las obras y eventos que se realicen en la vía pública deberán aplicarse en lo pertinente las Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007 de Señalización Vial. Se entiende por evento toda actividad, acontecimiento o similar, programada o no, que se produzca y afecte la circulación en la vía pública. También las referidas Normas UNIT se aplicarán en lo pertinente a los efectos indicados en los artículos D. 620 y D.658, para el personal y equipo autorizado a trabajar en la calzada y acera. La División Tránsito y Transporte podrá determinar las excepciones y actuaciones adicionales que correspondan.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068