Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.433.21.8

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.433.21.8

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / Del servicio público de transporte colectivo de pasajeros / Del transporte urbano de pasajeros / De las solicitudes y permisos

Articulo R.433.21.8

Las empresas publicistas interesadas, previo a la instalación de publicidad, deberán presentar a la División de Tránsito y Transporte una memoria descriptiva y gráficos del proyecto de publicidad a instalar. El proyecto se ajustará a la normativa vigente y a las sugerencias y limitaciones que el personal competente de la referida División establezca por razones técnicas, reglamentarias o de interés general.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068