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Normativa Montevideo
Artículo R.438.15
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.438.15
Articulo R.438.15
Organizaciones Habilitadas . Las Organizaciones Habilitadas para controlar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la habilitación de la tarjeta del STM, validar la vigencia de los mismos y cargar la nómina de habilitados en el servicio web de administración de nóminas, con el usuario referido en el artículo R.438.8 de la presente Sección, son las siguientes: Artistas Callejeros Asociados (ACA), Cooperativa de las Artes de Uruguay Suplementada (COOPARTE nombre de fantasía o COLAUS indistintamente), Mesa de Artistas en Espacios Urbanos y Alternativos (MAEUA) perteneciente al Sindicato Único de Artistas (SUA), y Sindicato Único de Vendedores Ambulantes del Transporte de Pasajeros (SUVAPT).
Organizaciones Habilitadas. Las Organizaciones Habilitadas para controlar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la habilitación de la tarjeta del STM, validar la vigencia de los mismos y cargar la nómina de habilitados en el servicio web de administración de nóminas, con el usuario referido en el artículo R.438.8 de la presente Sección, son las siguientes: Artistas Callejeros Asociados (ACA), Cooperativa de las Artes de Uruguay Suplementada (COOPARTE nombre de fantasía o COLAUS indistintamente), Mesa de Artistas en Espacios Urbanos y Alternativos (MAEUA) perteneciente al Sindicato Único de Artistas (SUA), y Sindicato Único de Vendedores Ambulantes del Transporte de Pasajeros (SUVAPT).
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068