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Normativa Montevideo
Artículo R.442.31
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.442.31
Articulo R.442.31
Habilitar el SISTEMA DE TRANSBORDO COLON, entre todas las líneas urbanas, (exceptuando las Diferenciales) de una misma empresa y/o de diferentes empresas, que sirven las paradas ubicadas en: la Av. Gral. Eugenio Garzón, sobre la Plaza Francisco Vidiella en sentido ascendente y la ubicada sobre la acera del Club A. Olimpia en sentido descendente.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068