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Normativa Montevideo
Artículo R.448
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.448
Articulo R.448
Las empresas de transporte interdepartamentales que realizan también servicio local dentro del Departamento de Montevideo, otorgarán a los escolares el tratamiento de beneficio para éstos que ha sido impuesto a las empresas de transporte urbano de pasajeros de viajar gratuitamente sujetos a las normas reglamentarias en vigor.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068