Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.450
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.450
Articulo R.450
Trámite para la obtención de la TGS . La tramitación de la prestación se rige por lo estipulado en la presente reglamentación y por lo establecido en el "Manual de ayuda para la atención al usuario/a de la Tarjeta de Gestión Social" elaborado por la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales, aprobado por resolución Nº 70/25/5500 del Departamento de Desarrollo Social. La aprobación de la TGS, tanto cuando se solicita por primera vez como para la renovación, queda sujeta a la Revisión Médica correspondiente, a excepción de la TGS prevista en el artículo 9º de la presente reglamentación.
Trámite para la obtención de la TGS. La tramitación de la prestación se rige por lo estipulado en la presente reglamentación y por lo establecido en el "Manual de ayuda para la atención al usuario/a de la Tarjeta de Gestión Social" elaborado por la Unidad de Atención y Orientación sobre Servicios Sociales, aprobado por resolución Nº 70/25/5500 del Departamento de Desarrollo Social.
La aprobación de la TGS, tanto cuando se solicita por primera vez como para la renovación, queda sujeta a la Revisión Médica correspondiente, a excepción de la TGS prevista en el artículo 9º de la presente reglamentación.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068