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Normativa Montevideo
Artículo R.463
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.463
Articulo R.463
El Servicio de Recursos Humanos de la Intendencia llevará un registro especial de los carnés expedidos, en el que constarán los mismos datos contenidos en ellos, encargándose de la escrituración y distribución de los carnés.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068