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Normativa Montevideo
Artículo R.465.2
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.465.2
Articulo R.465.2
La solicitud de carné de libre tránsito para alumnos de las escuelas de sordomudos dependientes o habilitadas por el Consejo de Educación Primaria, se realizará por las escuelas correspondientes, bajo la firma de la Dirección de la Institución. Dicha solicitud deberá ser avalada por la Inspección Departamental correspondiente.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068