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Normativa Montevideo
Artículo R.465.5.3
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.465.5.3
Articulo R.465.5.3
La Mesa de cada Concejo Vecinal comunicará mensualmente a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación las altas y las bajas en el listado de Concejalas y Concejales titulares y suplentes, mediante nota o fax, antes del día 20 de cada mes.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068