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Normativa Montevideo

Artículo R.465.7.2

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.465.7.2

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / Del servicio público de transporte colectivo de pasajeros / Del transporte urbano de pasajeros / De los boletos / De los funcionarios departamentales encargados de las labores de fiscalización o contralor o cobranza

Articulo R.465.7.2

Los Directores de División presentarán la nómina con sus respectivos formularios a los Directores de Departamentos los que, una vez autorizadas las mismas, los remitirán al Departamento de Recursos Humanos y Materiales.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068