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Normativa Montevideo

Artículo R.474

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.474

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / Del servicio público de transporte colectivo de pasajeros / Del servicio de ómnibus interdepartamentales / De la Estación Central de Ómnibus interdepartamentales

Articulo R.474

En el instante en que el ómnibus interdepartamental parte de la Estación Central, se le expedirá la tarjeta de contralor correspondiente, en la que conste la siguiente documentación: a) número del coche; b) matrícula del mismo; c) destino; d) hora en que le corresponde salir; e) hora en que sale; f) observaciones.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068