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Normativa Montevideo

Artículo R.507.2.5

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.507.2.5

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / De los automóviles con taxímetros

Articulo R.507.2.5

Los publicitarios en ningún caso podrán dificultar la identificación del servicio, la visualización de las placas de matrícula ni el sistema de aviso al que refiere el artículo R.506 .
Notas
Los publicitarios en ningún caso podrán dificultar la identificación del servicio, la visualización de las placas de matrícula ni el sistema de aviso al que refiere el artículo R.506.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068