Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.510

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.510

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / De los remises

Articulo R.510

El Director de la División Tránsito y Transporte otorgará permisos para la prestación del servicio de Remises, por el procedimiento de Licitación, según el Pliego de Condiciones Particulares que rija para cada llamado. Cada vez que se evalúe por parte de este la necesidad de incrementar su número o cubrir vacantes, los interesados se registraran en el Servicio de Transporte con los requisitos que esta reglamentación, y el Pliego correspondiente determinen.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068