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Normativa Montevideo
Artículo R.513
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.513
Articulo R.513
De la tramitación de los Permisos. Los aspirantes deberán acreditar las condiciones a las que hace mención el artículo D.848 del Volumen V del Digesto Departamental, basándose razones de interés laboral. Esta fundamentación así como la calidad del servicio que proponga, serán elementos prioritarios para la decisión de la adjudicación respectiva.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068