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Normativa Montevideo

Artículo R.523.104

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.104

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del uso de Plataformas Electrónicas para la Contratación de Transporte de Pasajeros / De los vehículos autorizados a ser registrados y del registro de permisarios que prestan el servicio de transporte mediante el uso de plataformas electrónicas para el traslado de personas

Articulo R.523.104

Naturaleza jurídica del permiso para la prestación del servicio de transporte mediante el uso de Plataformas Electrónicas para el Traslado de Personas. Los permisos para la prestación del servicio de transporte mediante el uso de Plataformas Electrónicas para el Traslado de Personas (en adelante TPE), son concedidos por la Intendencia de Montevideo a quienes reúnan los requisitos exigidos por la normativa departamental. El permiso tiene carácter personal, precario y revocable.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068