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Normativa Montevideo
Artículo R.523.104
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.104
Articulo R.523.104
Naturaleza jurídica del permiso para la prestación del servicio de transporte mediante el uso de Plataformas Electrónicas para el Traslado de Personas. Los permisos para la prestación del servicio de transporte mediante el uso de Plataformas Electrónicas para el Traslado de Personas (en adelante TPE), son concedidos por la Intendencia de Montevideo a quienes reúnan los requisitos exigidos por la normativa departamental. El permiso tiene carácter personal, precario y revocable.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068