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Normativa Montevideo

Artículo R.523.106

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.106

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del uso de Plataformas Electrónicas para la Contratación de Transporte de Pasajeros / De los vehículos autorizados a ser registrados y del registro de permisarios que prestan el servicio de transporte mediante el uso de plataformas electrónicas para el traslado de personas

Articulo R.523.106

Condiciones del permiso de TPE. Los permisos TPE se otorgarán por vehículo y permisario/a, no pudiendo una persona física ser titular de más de un permiso ni las Cooperativas de más de cinco (5) permisos, debiendo en todo caso afectarse solamente un vehículo por permiso.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068