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Normativa Montevideo

Artículo R.523.14

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.14

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del transporte de escolares

Articulo R.523.14

En caso de reparación, que imponga a la unidad un alejamiento del servicio por más de 30 días, el permisario deberá hacer entrega en depósito de las placas de matrículas del vehículo las cuales serán conservadas por un término máximo de 180 días. Vencido dicho plazo sin que el permisario haya efectuado el retiro de las placas de matrículas, la Unidad de Transporte de la División Tránsito y Transporte podrá revocar el permiso respectivo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068