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Normativa Montevideo

Artículo R.523.22

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.22

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del transporte turístico

Articulo R.523.22

Establecer para los ómnibus y microómnibus que los concesionarios de servicios de transporte turístico empadronados en el Departamento de Montevideo incorporen a su función, a partir del 1° de marzo de 2000, como unidades 0 Km., la obligatoriedad de estar provistos de caños de escape dispuestos en forma vertical.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068