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Normativa Montevideo

Artículo R.523.50

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.50

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del servicio de ambulancias

Articulo R.523.50

(De los permisos) El permiso para la prestación del servicio de ambulancias es la autorización que confiere la División Tránsito y Transporte a través del Servicio de Transporte Público, para la explotación del mismo en el Departamento de Montevideo, de acuerdo a lo dispuesto en el presente Volumen.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068