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Normativa Montevideo

Artículo R.523.52

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.52

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del servicio de ambulancias

Articulo R.523.52

(Autorización previa para la transferencia del permiso) Los permisarios del servicio de ambulancias podrán solicitar autorización previa para transferir los permisos de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo R. 482.1 .
Notas
(Autorización previa para la transferencia del permiso) Los permisarios del servicio de ambulancias podrán solicitar autorización previa para transferir los permisos de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo R. 482.1.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068