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Normativa Montevideo

Artículo R.523.57

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.57

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del servicio de ambulancias

Articulo R.523.57

Cuando por aplicación del mecanismo previsto en el artículo R.523.56 , se autorice la titularidad del permiso a nombre de menores de edad, éstos actuarán a través de sus representantes legales hasta alcanzar la mayoría de edad. El Servicio de Transporte Público podrá exceptuar del cumplimiento de las exigencias previstas en los literales a) y d) del apartado A) del artículo R.523.55 a los menores de edad que aspiren a la titularidad del permiso por la causal dispuesta en el artículo R.523.56 .
Notas
Cuando por aplicación del mecanismo previsto en el artículo R.523.56, se autorice la titularidad del permiso a nombre de menores de edad, éstos actuarán a través de sus representantes legales hasta alcanzar la mayoría de edad. El Servicio de Transporte Público podrá exceptuar del cumplimiento de las exigencias previstas en los literales a) y d) del apartado A) del artículo R.523.55 a los menores de edad que aspiren a la titularidad del permiso por la causal dispuesta en el artículo R.523.56.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068