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Normativa Montevideo
Artículo R.523.73
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.73
Articulo R.523.73
(De las obligaciones del conductor) Son obligaciones del conductor de un vehículo afectado al servicio de ambulancia: A) Acatar la prohibición de no fumar dentro del vehículo tanto para el conductor como para los pasajeros, en cualquier momento aunque no se esté efectuando el servicio; B) Mantener el vehículo en perfecto estado de higiene y desinfección.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068