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Normativa Montevideo

Artículo R.523.96

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.523.96

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los servicios privados de interés público / Del uso de Plataformas Electrónicas para la Contratación de Transporte de Pasajeros / Del registro del titular o permisario de la plataforma electrónica

Articulo R.523.96

Todas las comunicaciones de la Intendencia de Montevideo con los Permisarios del transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados se harán a través del sistema notificaciones.gub.uy . Estos tendrán tres días hábiles para ingresar al sitio de notificaciones una vez recibido el anuncio correspondiente. Transcurrido dicho plazo se los tendrá por notificados. El ingreso al sistema en el plazo indicado es carga de los permisarios.
Notas
Todas las comunicaciones de la Intendencia de Montevideo con los Permisarios del transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados se harán a través del sistema notificaciones.gub.uy. Estos tendrán tres días hábiles para ingresar al sitio de notificaciones una vez recibido el anuncio correspondiente. Transcurrido dicho plazo se los tendrá por notificados. El ingreso al sistema en el plazo indicado es carga de los permisarios.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068