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Normativa Montevideo
Artículo R.529
Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.529
Articulo R.529
Los/as Directores/as de cada dependencia y de los Gobiernos Municipales deberán fiscalizar el cumplimiento de lo establecido en el presente Capítulo, en cuanto al uso normal de los vehículos oficiales y contratados por la Intendencia de Montevideo. Cuando estos Directores, consideren que se hace uso indebido o abuso de los vehículos oficiales, deberán dar cuenta de inmediato al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, incurriendo en responsabilidad en caso de omisión.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068