Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.549

Volumen V Tránsito y Transporte · Volumen V Tránsito y Transporte

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen V Tránsito y Transporte, art. R.549

Tránsito y Transporte / Del transporte / Reglamentaria / De los vehículos abandonados / Único

Articulo R.549

La citada División, previo pago del precio total de compra, expedirá a los adquirentes de los vehículos subastados, la documentación que regularice su situación como propietarios de los mismos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:65068
ReferenciaVolumen V Tránsito y Transporte
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A65068