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Normativa Montevideo

Artículo D.1521.16

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1521.16

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / Preparación y servicio de alimentos. / Centros colectivos de elaboración

Articulo D.1521.16

La gestión general de residuos será responsabilidad del titular del Centro Colectivo de Elaboración, el cual deberá presentar el plan correspondiente para poder ser habilitado, siendo responsable de su seguimiento. El plan y los registros de las actividades estarán a disposición del Servicio de Regulación Alimentaria en todo momento.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848