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Normativa Montevideo

Artículo D.1521.45

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1521.45

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / Preparación y servicio de alimentos. / Estándares de calidad nutricional para empresas alimentarias que operen en el rubro cantinas

Articulo D.1521.45

Ámbito de aplicación. La presente Sección establece estándares de calidad nutricional, para mejorar la oferta alimentaria por parte de las empresas alimentarias que funcionan en organismos estatales, así como paraestatales, en el rubro cantina, que brindan servicio a los/las trabajadores/as en forma exclusiva o no exclusiva, y que cuentan o no con salón comedor.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848