Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.1521.5

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1521.5

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / Preparación y servicio de alimentos. / Venta de productos alimenticios en la vía pública. / Venta de tortas fritas

Articulo D.1521.5

Para conservar la calidad de permisario para la elaboración y comercialización de tortas fritas, será necesario que el mismo cumpla con las formalidades y exigencias de la Intendencia de Montevideo. Se encomienda a la Unidad Mypes, desarrollar un trabajo de inclusión de aquellos vendedores que se sientan en condiciones de abordar otros proyectos de inserción formal a mediano plazo. (*)
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848