Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.1813.1

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1813.1

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / De los Mercados. / De los mercados de la Intendencia / De las adjudicaciones y transferencias del derecho de uso de puestos de mercados y mercaditos de la Intendencia

Articulo D.1813.1

Las adjudicaciones de derecho de uso de los puestos de los Mercados y Mercaditos de Montevideo sólo podrán ser otorgadas por la Intendencia previo pago de los derechos de adjudicación.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848