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Normativa Montevideo

Artículo D.1813.4.1

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1813.4.1

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / De los Mercados. / De los mercados de la Intendencia / De las adjudicaciones y transferencias del derecho de uso de puestos de mercados y mercaditos de la Intendencia

Articulo D.1813.4.1

Exceptúase de lo dispuesto en el artículo D. 1813.4 , la adjudicación de los puestos de venta minorista o actividades culturales del Mercado Agrícola, debiendo efectuarse la mencionada adjudicación de los permisos de uso de los espacios por el Sr. Intendente mediante resolución fundada, previo llamado a interesados que realizará la Unidad Mercado Agrícola, en un todo de acuerdo con el Reglamento aprobado por Resolución Municipal No. 4971/07 de fecha 3 de diciembre de 2007.
Notas
Exceptúase de lo dispuesto en el artículo D. 1813.4, la adjudicación de los puestos de venta minorista o actividades culturales del Mercado Agrícola, debiendo efectuarse la mencionada adjudicación de los permisos de uso de los espacios por el Sr. Intendente mediante resolución fundada, previo llamado a interesados que realizará la Unidad Mercado Agrícola, en un todo de acuerdo con el Reglamento aprobado por Resolución Municipal No. 4971/07 de fecha 3 de diciembre de 2007.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848