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Normativa Montevideo

Artículo D.1928.5

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1928.5

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / De la higiene y limpieza públicas. / De la limpieza pública. / Del registro, requisitos y habilitación de las empresas transportadoras de residuos.

Articulo D.1928.5

Cada una de las volquetas y cualquier otro tipo de elemento que sirva para el acopio y transporte de residuos deberá estar identificada acorde a la reglamentación que dicte la IM, en cuanto a la forma, dimensiones, colores y demás condiciones. Su señalización deberá ser visible a cualquier hora del día.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848