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Normativa Montevideo
Artículo D.1971
Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1971
Articulo D.1971
De acuerdo con los resultados de los exámenes precedentes, se proporcionará al interesado un Carné en el que figurarán los datos de la ficha patronímica, una fotografía reciente tipo carné proporcionada por el mismo, que permita una clara identificación del interesado, la fecha de vigencia normal del documento, la declaración de aptitud y la firma del profesional responsable de la expedición. El documento indicará las principales obligaciones a cargo del interesado y de sus empleadores respecto al Carné de Salud y sólo será expedido a personas que acrediten trabajar en las actividades indicadas en el artículo D. 1967 .
De acuerdo con los resultados de los exámenes precedentes, se proporcionará al interesado un Carné en el que figurarán los datos de la ficha patronímica, una fotografía reciente tipo carné proporcionada por el mismo, que permita una clara identificación del interesado, la fecha de vigencia normal del documento, la declaración de aptitud y la firma del profesional responsable de la expedición.
El documento indicará las principales obligaciones a cargo del interesado y de sus empleadores respecto al Carné de Salud y sólo será expedido a personas que acrediten trabajar en las actividades indicadas en el artículo D. 1967.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848