Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.1990

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.1990

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / De la profilaxis y previsión. / De los almacenes y depósitos destinados a hortalizas, quesos y/o productos o sustancias que produzcan malos olores.

Articulo D.1990

En cualquier tiempo podrá imponerse, respecto de estos locales, trabajos de limpieza, remoción de mercaderías, extracción de residuos, sustancias o productos en malas condiciones de conservación y otros trabajos necesarios para mantener al local en condiciones higiénicas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848