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Normativa Montevideo

Artículo D.2047

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.2047

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / De la lucha contra insectos y roedores. / De la lucha contra el mosquito.

Articulo D.2047

En las fincas habitadas los tanques sanitarios de los water-closets y los sifones de los desagües deberán mantenerse en buen estado de funcionamiento. La Intendencia podrá realizar las inspecciones necesarias en casas particulares, inquilinatos, comercios, establecimientos industriales, hoteles, teatros, chacras, quintas, etc., e intimar a los propietarios de las fincas la ejecución de las obras necesarias a fin de que se mantengan en buenas condiciones las cañerías de desagües, tanques de servicios sanitarios, etc., y se evite la formación de depósitos de aguas estancadas, concediendo los plazos convenientes.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848