Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.2048.1
Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.2048.1
Articulo D.2048.1
Los propietarios, ocupantes y/o personas responsables de inmuebles, predios o casas particulares, inquilinatos, comercios, establecimientos industriales, hoteles, teatros, chacras, quintas, chatarrerías, gomerías, entre otros, estarán obligados a tomar las medidas necesarias para combatir el mosquito Aedes Aegypti impidiendo su reproducción a través de todo tipo de recipiente susceptible de acumular agua dentro de dichos predios.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848