Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.2104
Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.2104
Articulo D.2104
Prohíbese abandonar animales o tenerlos sueltos en vías de tránsito y/o sitios de uso público, y en los predios abiertos del Departamento de Montevideo.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848