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Normativa Montevideo

Artículo D.2156.16

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.2156.16

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / De la autorización para arrendar fincas, apartamentos y locales. / De las disposiciones aplicables.

Articulo D.2156.16

No se concederán habilitaciones sobre construcciones que no posean la habilitación de la Intendencia, salvo que el Servicio de Contralor de Edificaciones haya concedido la habilitación parcial o la especial para ocupación.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848