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Normativa Montevideo

Artículo D.875.3

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.875.3

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / Disposiciones Generales / Control de alimentos. / Inspección, extracción de muestras y exámenes bromatológicos.

Articulo D.875.3

En caso de resistencia a suscribir las actas de inspección o de obtención de muestras, se solicitará la presencia de un escribano de la Intendencia o en su defecto, de dos testigos hábiles y mayores de edad, a fin de labrar el acta correspondiente.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848