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Normativa Montevideo

Artículo D.902.1

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.902.1

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / Disposiciones Generales / Disposiciones bromatológicas aplicables

Articulo D.902.1

Facúltase a la Intendencia de Montevideo a aplicar el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y reglamentarias que al respecto el/la Intendente/a disponga.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848