Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.902.10

Volumen VI Higiene y Asistencia Social · Volumen VI Higiene y Asistencia Social

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2741
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VI Higiene y Asistencia Social, art. D.902.10

Higiene y Asistencia Social / Legislativa / Disposiciones Generales / Comercio electrónico de alimentos

Articulo D.902.10

La Intendencia podrá, en aquellos casos en que las empresas de intermediación ofrecieran voluntariamente la apertura de sus datos, controlar directamente que lo planteado en los articulos D.902.7 a D.902.9 se cumpla adecuadamente.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:68848
ReferenciaVolumen VI Higiene y Asistencia Social
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A68848